Una nueva sentencia europea cuestiona de raíz las fórmulas que España ha utilizado hasta ahora para gestionar la temporalidad abusiva en las administraciones públicas
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) vuelve a poner el foco sobre el empleo público temporal. La sentencia dictada en el asunto C-418/24, conocido como caso Obadal, y que fue conocida ayer, lanza un aviso difícil de ignorar: los mecanismos con los que el ordenamiento español ha respondido al encadenamiento irregular de contratos y nombramientos en el sector público no superan el estándar europeo de efectividad, proporcionalidad y efecto disuasorio.
Las implicaciones del fallo van mucho más allá del caso concreto. Afectan a la figura del indefinido no fijo, a las indemnizaciones por cese y a los mecanismos de responsabilidad de la Administración. Y su lógica es extrapolable tanto al personal laboral como al funcionario interino.
Francisco Javier Ramón, socio de Toda & Nel-lo especialista enDerecho Público, Administrativo y Regulatorio, analiza el alcance real de esta resolución y sus consecuencias para los tribunales españoles, las administraciones y los empleados públicos temporales en una tribuna publicada en Expansión.
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