Mediante Resolución NAC-DGERCGC20-00000012, publicada en el Registro Oficial 157 el 09 de marzo de 2020, la Directora General del Servicio de Rentas Internas, amplió el plazo para la presentación de las siguientes declaraciones y anexos:
- Los sujetos pasivos del impuesto al valor agregado y/o agentes de retención del impuesto a la renta, cuyo noveno dígito del RUC sea el 4, por esta sola vez, podrán presentar la declaración mensual correspondiente al mes de febrero, hasta el 17 de marzo de 2020.
- Las personas naturales y sucesiones indivisas obligadas a declarar el impuesto a la renta por el ejercicio fiscal 2019, por esta sola vez, podrán presentar su declaración hasta las siguientes fechas:
Noveno dígito del
RUC o cédula del sujeto pasivo |
Fecha de vencimiento (hasta) |
1 | 11 de marzo |
2 | 13 de marzo |
3 y 4 | 19 de marzo |
5 y 6 | 25 de marzo |
7 y 8 | 27 de marzo |
9 y 0 | 31 de marzo |
- Los sujetos pasivos que deban presentar el Anexo Transaccional Simplificado, correspondiente a los meses entre enero y septiembre de 2020, por esta sola vez, podrán acogerse al calendario detallado a continuación:
Periodo de 2020 |
Meses de presentación |
Enero y febrero | Septiembre 2020 |
Marzo y abril | Octubre 2020 |
Mayo, junio y julio | Noviembre 2020 |
Agosto y septiembre | Diciembre 2020 |
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