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9 August 2024

El Consejo De Europa Adopta El Primer Tratado Internacional En Materia De Inteligencia Artificial

El Convenio es el primer acuerdo multinacional que garantiza que la Inteligenica Artificial (IA) respete los derechos de las personas, el cual fue redactado con el apoyo de diferentes países.
Mexico Technology
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Resumen Ejecutivo:

  • En mayo de 2024 el Consejo de Europa adoptó el primer tratado internacional sobre inteligencia artificial, titulado “Convenio Marco del Consejo de Europa sobre Inteligencia Artificial y Derechos Humanos, Democracia y Estado de Derecho” (en adelante, el “Convenio”).
  • El Convenio tiene como objetivo lograr que las actividades dentro del ciclo de vida de los sistemas de inteligencia artificial estén alineadas con el respeto a los derechos humanos, la democracia y el Estado de Derecho.
  • El Convenio también puede ser ratificado por países que no forman parte de la Unión Europea y que participaron en su redacción, tales como México, Estados Unidos, Canadá, Japón, entre otros.
  • Está pendiente la firma del Convenio por parte de los estados para que este entre en vigor.

El Convenio es el primer acuerdo multinacional que garantiza que la Inteligenica Artificial (IA) respete los derechos de las personas, el cual fue redactado con el apoyo de diferentes países. Este acuerdo busca aprovechar las ventajas de la IA mientras se reducen sus riesgos. El Comité sobre Inteligencia Artificial del Consejo de Europa lideró su elaboración durante un período de dos años.

  • Alcance y Aplicación: El Convenio establece lineamientos para el uso de sistemas de inteligencia artificial, mediante el cual se vislumbran dos formas para que sus signatarios cumplan con sus principios y obligaciones: (i) pueden optar por quedar obligadas directamente por las disposiciones del Convenio; o (ii) pueden adoptar otras medidas, siempre y cuando cumplan con las disposiciones del Convenio. Este enfoque flexible se considera necesario debido a las diferencias entre los sistemas jurídicos de los Estados signatarios.
  • Requisitos de Transparencia, Supervisión y Reporte: El Convenio establece requisitos de transparencia y supervisión adaptados a contextos y riesgos, incluyendo la identificación de contenidos generados por Inteligencia Artificial. Los Estados signatarios estarán obligados a presentar un reporte a la Conferencia de las Partes, la cual se llevará a cabo de manera periódica. Este reporte tendrá como objetivo informar sobre las medidas adoptadas para cumplir con el Convenio, así como para abordar los riesgos e impactos derivados de las actividades dentro del ciclo de vida de la Inteligencia Artificial.
  • Recursos Legales: Los Estados signatarios deben implementar recursos legales efectivos para las víctimas de violaciones de derechos humanos derivados del uso de Inteligencia Artificial, mismas que son requeridas por el derecho internacional y deben ir acorde a su derecho local a fin de que se garantice su accesibilidad real.
  • Mecanismo de Supervisión: El Convenio establece la obligación para que cada Estado signatario establezca un órgano de supervisión independiente, encargado de vigilar el cumplimiento del mismo. Dicho órgano ejercerá sus funciones de forma independiente e imparcial, contando con las facultades, los conocimientos especializados y los recursos necesarios para cumplir eficazmente sus tareas de supervisión del cumplimiento de las obligaciones previstas en el Convenio.

¿Para quiénes será aplicable el Convenio?

A todos los países que lo ratifiquen, mismos que serán principalmente miembros del Consejo de Europa, miembros de la Unión Europea y otros países no miembros que hayan participado en la redacción del Convenio.

Links de la nota:

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