¿Existe impunidad internacional para las empresas transnacionales? Los expertos señalan al respecto, que resulta muy notorio que en los países en vías de desarrollo ocurran casos de contaminación, que son ignorados por la prensa y peor aún han sido sentenciados.1 Existen sistemas auto-reguladores de la conducta y operación de las empresas transnacionales, pero son normativas no vinculantes consideradas softlaw.2 Es por esto que los estados deben exigir a las empresas transnacionales acogerse a un código de conducta internacional a fin de evitar vulneraciones contra los derechos de sus comunidades.

Las empresas transnacionales aportan al desarrollo económico y social de los estados, sin embargo su forma de operar afecta irreversiblemente a las comunidades. Un claro ejemplo, es el caso Doe vs. Unocal, donde existieron hechos de vulneración de derechos humanos entre los que se incluyeron la esclavitud, asesinatos, violaciones sexuales y reubicación forzosa por parte de la empresa petrolera hacia los comuneros.3 Así mismo, se puede nombrar el caso Texaco ocurrido en la Amazonía Ecuatoriana, donde la contaminación ambiental, debido a la negligencia empresarial, generó graves afecciones a la salud e incluso la muerte de los integrantes de diversas comunidades.4 Lamentablemente, los mismos estados son quienes no apoyan a la elaboración de normativa vinculante, como lo ocurrido con el proyecto de Código de Conducta presentado en 1982 a la Comisión sobre Corporaciones Transnacionales.5

Si bien las empresas transnacionales pueden optar por no operar en ciertos países con políticas de conducta, está responsabilidad empresarial resulta fundamental para los países en vías de desarrollo al otorgar permisos de operación. Es por esto que la investigación previa por parte de las empresas transnacionales sobre el país en el desean operar, tomando en cuenta la legislación, costumbre y las posibles afectaciones que pudieren surgir de la operación en dicho país, resulta tan importante.6 Igualmente, esta responsabilidad empresarial implica la necesidad de generar aportes positivos a dichas comunidades a modo de contribución, sea en generación de trabajo o aportes a la comunidad con la generación de espacios comunales o similares.7 Los estados por su parte en su ánimo de hacer cumplir estas normativas deben generar incentivos para que las empresas transnacionales deseen cumplir con dichos requisitos de operación y cooperación con la comunidad.

La necesidad de generar normativas internacionales vinculantes en este sentido, tampoco puede ser ignorada. Si bien las empresas transnacionales poseen suficiente poder económico e incluso en ocasiones poder político para escapar de estas responsabilidades, la existencia de este tipo de normativas a nivel tanto nacional como internacional se convierte en algo fundamental a fin de evitarlo.8 En innumerables ocasiones se ha determinado la existencia de la denominada complicidad empresarial en abusos de derechos humanos, con la generación de mecanismos positivos y efectivos de regulación de este tipo de conductas; estos comportamientos por parte de las empresas podrían ser mermados.9 Aun cuando, como se mencionó anteriormente, existen reglamentos enunciativos sobre la conducta de las empresas transnacionales y sus responsabilidades, al ser estos de carácter electivos y no vinculantes, no generan el impacto requerido hacia la sociedad, el estado y sobre todo hacia dichas empresas.10

Recogiendo lo más importante, el impacto que puede generar la operación de una empresa transnacional hacia una comunidad o hacia la naturaleza es incalculable es por esto que pese a la falta de consenso internacional por parte de ciertos estados, se puede evidenciar la creciente necesidad que existe sobre la creación de normativas de conducta empresarial vinculantes hacia las empresas transnacionales que eviten y prevean la vulneración de derechos humanos. Como bien indica el autor Joan Martínez "La vida tiene valores que no se expresan en dinero"11

Bibliografía:

Cantu Rivera, Humberto Fernando. "Empresas y derechos humanos ¿hacía una regulación jurídica efectiva, o el mantenimiento de un estatus quo?"

Giner, Agnes. "Las empresas transnacionales y los derechos humanos,"

Martínez Alier, Joan. "El caso Chevron Texaco en Ecuador: una buena sentencia que podía ser mejor,"

1 Joan Martínez Alier, El caso Chevron Texaco en Ecuador: una buena sentencia que podía ser mejor, 6

2 Agnes Giner, Las empresas transnacionales y los derechos humanos, 76

3 Ibíd, 74 -75

4 Alier, El caso Chevron Texaco en Ecuador, 4-5

5 Humberto Fernando Cantu Rivera, Empresas y derechos humanos ¿hacía una regulación jurídica efectiva, o el mantenimiento de un estatus quo?, 319

6 Giner, Las empresas transnacionales y los derechos humanos, 79-81

7 Cantu Rivera, Empresas y derechos humanos, 330.

8 Ibíd. 348

9 Giner, Las empresas transnacionales y los derechos humanos, 82-83

10 Ibíd, 76

11 Alier, El caso Chevron Texaco en Ecuador, 12

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