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13 December 2017

Panamá ahora requiere el Formulario de Evaluación Extra Situ

TG
TMF Group BV

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La Ley #23 de 2015, adopta medidas para prevenir el blanqueo de capitales, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.
Panama Government, Public Sector
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La Ley #23 de 2015, adopta medidas para prevenir el blanqueo de capitales, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva. Una resolución publicada recientemente añade requisitos para todos los sujetos obligados no financieros y los profesionales que realizan actividades sujetas a supervisión.

La Resolución No.I-REG-003-017 del 8 de mayo de 2017 establece la obligatoriedad de todos los sujetos obligados no financieros y los profesionales que realizan actividades sujetas a supervisión, sean naturales o jurídicas, de completar el Formulario de Evaluación Extra Situ.

Esta obligación es aplicable a las empresas realizando actividades / transacciones con:

  1. Inmobiliaria y Construcción

    • Promotoras
    • Constructoras
    • Agente Inmobiliario
    • Contratistas Generales
    • Contratistas especializadas
    • Corredores de Bienes Raíces
  2. Zonas Francas y Comercio Exterior

    • Zona Libre
    • Panamá Pacifico
    • Zona Franca de Barú y Zonas Francas
  3. Casinos y Juegos de Azar
  4. Entidades Estatales
  5. Actividades de Profesionales

    • Contadores
    • Abogados
    • Notarios
    • Otros
  6. Mixtos

    • Bolsas de Diamantes
    • Com. de Metales y Piedras Preciosas
    • Autos
    • Casa de Empeños
    • Transporte de Valores

Tome acción

Los sujetos obligados, sujetos obligados no financieros y profesionales deben remitir el Formulario de Evaluación Extra Situ en formato Excel con la información solicitada en o antes del 29 de septiembre de 2017. Una vez completado, el formulario deberá ser enviado electrónicamente a través del enlace debidamente registrado ante la UAF y al correo electrónico int-extrasitu@mef.gob.pa, directamente por su representante o apoderado legal.

Este formulario se entenderá como una Declaración Jurada. El incumplimiento de dicha disposición conlleva la imposición de multas pecuniarias de B/.5,000 hasta B/.1,000,000 y sanciones administrativas tales como: cancelación, retiro, restricción o remoción de licencias y certificados de idoneidad.

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