A partir de la Reforma a la Ley de la Propiedad Industrial del 18 de mayo de 2018, los titulares de marcas registradas tienen la obligación de hacer la Declaración de Uso de Marcas en México ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

La Ley establece que la Declaración de Uso deberá presentarse en dos momentos:

I) Durante un periodo de tres meses posteriores, a partir de que se cumpla el tercer año de haberse otorgado el registro de marca.

II) Al momento de solicitar la renovación del registro.

Si el titular no declara el uso de su marca en alguno de los momentos antes mencionados, el registro caducará.

Actualmente, al presentar la Declaración de Uso, no es necesario que el titular acompañe evidencia que compruebe el uso de la marca en relación con los productos o servicios para los cuales se otorgó, sin embargo, es recomendable guardar pruebas de uso tales como facturas, anuncios, publicaciones, folletos, catálogos, o cualquier otro documento de mercadotecnia.

El objetivo principal de incorporar la Declaración de Uso a la legislación en México es promover el uso activo de las marcas registradas y así evitar el monopolio sobre registros que no están siendo utilizados por sus titulares.

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