Uno de los mitos más difundidos sobre la industria farmacéutica tiene que ver con las patentes y sus efectos en el acceso a los medicamentos para la sociedad.

Las patentes evitan la competencia desleal en contra de quien hace el esfuerzo por innovar, y por ello son un derecho humano. Copiar una solución a un problema requiere menos recursos que desarrollarla y la patente faculta al innovador para explotar su desarrollo sin la amenaza de un competidor que, de salir al mercado, puede vender a precios significativamente menores.

¿Cuánto pagamos las personas y gobiernos por "tratar de curar" a nuestros seres queridos de enfermedades que no cuentan con un medicamento eficaz y seguro disponible?: lo que sea. El precio es literalmente "infinito". Entre otros requisitos, las patentes protegen invenciones nunca descritas en ningún lugar del mundo, lo que se comprueba con un examen riguroso de novedad. Por tanto, una solución patentada, por definición, está disponible por primera vez para la sociedad a un precio finito. Cuando el tiempo para recuperar una inversión es corto, el precio debe ser muy grande, y si es largo, el producto puede venderse a un precio menor obteniendo el mismo rendimiento. Por lo tanto, las patentes permiten que los productos absolutamente nuevos lleguen al mercado a un precio menor del que tendrían sin esta protección.

La competencia en medicamentos innovadores entonces debe llevar a mayor alcance en la disponibilidad de los medicamentos para la población con más y mejores alternativas de tratamiento. Por supuesto que, al vencer las patentes, los medicamentos genéricos en algunos casos harán que las mejores soluciones existentes lleguen a más gente, pero solo la innovación hará que la atención de enfermedades hasta hoy sin alternativas suficientes de tratamiento se alcance a un precio finito.

El proceso regulatorio obliga a demostrar con pruebas científicas la seguridad y la eficacia del medicamento y otras actividades que encarecen el desarrollo de nuevos medicamentos y dan lugar a la necesidad de mayores precios. Para poder cumplir con estas exigencias se requiere innovar en principios activos, nuevas formas farmacéuticas, procesos de producción y hasta formas de dosificación. La variedad de innovaciones patentables requeridas para todo lo anterior, hace que se piense que es posible "eternizar" el plazo normal de protección de las patentes, lo cual en la práctica no encuentra eco.

Por ejemplo, el ácido acetil salicílico, tuvo su versión cardioprotectora con capa entérica patentada cuando el principio activo como analgésico estaba en el dominio público hacía muchos años ya. El compuesto nunca salió del mercado y sus versiones genéricas se siguieron vendiendo sin interrupción pese a las patentes de la fórmula con capa entérica y de segundo uso médico como cardioprotector, innovación que ha salvado millones de vidas, pero que nunca impidió la venta como analgésico.

Otro ejemplo práctico ocurrió en 2009 con la pandemia de influenza que de inicio azotó a México. Los medicamentos patentados, según se publicó en el diario oficial, estuvieron disponibles en cantidad y precio para atender a la población, por lo que no se requirió una licencia obligatoria de patentes. Por el contrario, las vacunas, tecnología ya sin patente, se encarecieron enormemente y llegaron tarde para atender a la población, en condiciones de precio desfavorables. Las alternativas de vacunas patentadas terminaron su proceso regulatorio y no estuvieron disponibles.

Las patentes son un derecho fundamental que protege la innovación. Su uso adecuado y una mayor educación sobre sus efectos, transparencia sobre la protección que confieren en materia de medicamentos y el fortalecimiento de las oficinas de patentes para asegurar su calidad resultan fundamentales para que cumplan con su objetivo de fomento de la innovación y de mejora en el acceso a soluciones de salud para nuestra sociedad.

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