Derivado de la reforma constitucional sobre la desindexación del salario mínimo ocurrida a principios de 2016, se creó la Unidad de Medida y Actualización (UMA) que, en principio, se debe aplicar en sustitución del salario mínimo cuando éste se aplique como referencia para determinar una obligación a cargo de los gobernados.

La UMA es una referencia económica que fue creada para dejar de utilizar al salario mínimo como instrumento de indexación y actualización de los montos de las obligaciones de los gobernados previstas en diversos ordenamientos jurídicos, tales como multas, derechos, entre otros.

Derivado de lo anterior, se logró que el salario mínimo pueda funcionar como un instrumento de política pública independiente y cumpla con el objetivo constitucional de ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos.

Actualmente se han generado inquietudes sobre si la UMA sustituye o no al salario mínimo en aquellas referencias contenidas en los ordenamientos jurídicos en materia fiscal. Al respecto, somos de la opinión de que en el ámbito fiscal, el salario mínimo no siempre se debe de sustituir por la UMA.

Los abogados del área fiscal y laboral de la Firma estamos a sus órdenes para atender cualquier duda respecto del contenido de la presente.

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