El 29 de junio de 2017 el Servicio de Administración Tributaria dio a conocer a través de su página de internet, el Primer Anteproyecto de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 (el Anteproyecto), el cual contempla, entre otras cosas, la reforma de la regla 3.3.1.44 que permite a los contribuyentes prorrogar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales derivadas de la subcontratación laboral.

La reforma de la regla 3.3.1.44 denominada "Diferimiento del cumplimiento de obligaciones del contratante y del contratista en actividades de subcontratación laboral", consiste en que para cumplir con las obligaciones de enero a noviembre de 2017 del contratante y contratista vigentes a partir del 1° de enero de 2017 en la Ley del Impuesto sobre la Renta y Ley del Impuesto al Valor Agregado, se podrán realizar en diciembre del mismo año, siempre que utilicen el aplicativo informático que se dará a conocer en el Portal del SAT.

Para ejercer la facilidad prevista en la regla, se mantiene la obligación de que el contratista deberá emitir el CFDI de nómina utilizando el complemento de nómina versión 1.2, conforme a lo previsto en el Artículo Trigésimo Segundo Transitorio de la RMF para 2017, publicada en el DOF el 23 de diciembre de 2016 y proporcionar la información de la Sección "Subcontratación".

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