Está marcada para el 3 de septiembre una reunión especial del máximo tribunal administrativo fiscal de la federación ("Conselho Administrativo de Recursos Fiscais -CARF"), donde serán apreciadas las propuestas de revisión, edición y cancelación de las súmulas jurisprudenciales del referido órgano. Son esperadas alteraciones importantes que influenciarán no solo el pronóstico de juzgado técnico de las demandas tributarias que están en curso en el país y la duración de la tramitación de esos casos, como también indicarán la dirección que la Receta Federal tomará para fiscalizar las operaciones tributarias sobre los temas tratados.  

Con base en reiteradas decisiones en casos concretos sobre su jurisdicción, el CARF elabora enunciados de súmulas que actuan como guía, o sea, como recomendación del modo por el cual deverá ser juzgada una determinada materia tributaria. Esas Súmulas pueden ser de dos tipos: i) la Súmula común, que busca uniformizar la jurisprudencia del tribunal y es de aplicación obligatoria apenas y tan solamente para los Consejeros del CARF; y ii)  la Súmula Vinculante, cuyo contenido necesariamente deve ser replicado en casos idénticos, no solo por los Consejeros como por todos los órganos vinculados a la Hacienda Pública que sean responsables por la fiscalización tributaria ("Receita Federal do Brasil -RFB"), por la cobranza judicial de la deuda tributaria ("Procuradoria Geral da Fazenda Nacional -PGFN") y por el juzgado en primera instancia administrativa de las demandas fiscales ("Delegacias de Julgamento -DRJ").

Así, llevando en consideración que la discusión administrativa previa de una demanda fiscal no es obligatoria en el sistema tributario brasileño, las súmulas del CARF auxiliam al contribuyente a identificar la expectativa de suceso de sus demandas de ese tipo y a decidir sobre la conveniencia de partir directamente para la discusión judicial de la deuda tributaria o de se someter antes al referido proceso administrativo. Además, las Súmulas vinculantes juegan un papel importante en la medida que, al saber previamente cual es la opinión del Fisco sobre determinada forma de apurar y declarar los tributos, el contribuyente puede orientar su comportamiento para prevenir demandas fiscales futuras.

En línea con una preocupación nacional por la reducción del tiempo de duración de los litigios y con la disminución del gran volumen de casos pendientes, que en la última reforma procesual brasileña llevó a la adopción de un sistema peculiar de aplicación de precedentes judiciales, el CARF mostra uma tendencia cada vez mayor a la aprobación de Súmulas Vinculantes para reducir la cantidad de demandas ("Autos de Infração") divergentes de su entendimiento. Tanto es así que, recientemente (junio de este año), el CARF aprobó de una única vez 65 súmulas con efecto vinculante. Actualmente existem 107 súmulas del CARF, de las cuales 75 son vinculantes, siendo: 2 sobre PIS/Cofins; 14 sobre CSL;  6 sobre IPI; 22 sobre IRPJ; 3 sobre contribución previdenciaria; 6 sobre prescripción/decadencia; 8 sobre depósitos bancarios; 15 sobre intereses/penalidades; 3 sobre ITR; 14 sobre norma general tributaria; 3 sobre restitución/compensación y; 5 sobre el "Simples Nacional".

Acreditase que la referida reunión será muy productiva, especialmente para reafirmar la importancia y el alcance de las Súmulas Vinculantes, de forma a impedir actuaciones del Fisco en materias ya pacificadas en el  CARF, así como para ajustar la jurisprudencia administrativa con la jurisprudencia judicial que fue pacificada por la via del recurso repetitivo en el Superior Tribunal de Justicia (STJ) o por la de la repercusión general en el Supremo Tribunal Federal (STF). De ese modo esperase mayor celeridad en los juicios administrativos tributarios, con la invocación de las Súmulas del CARF desde la primera instancia administrativa y el encerramiento de actuaciones que muchas veces acababan en el  Poder Judicial.

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