Mediante la Resolución N° 3951 (la "Resolución"), publicada en el Boletín Oficial el pasado 2 de noviembre, la AFIP extendió el plazo para acogerse al Sinceramiento Fiscal establecido por la Ley 27.260. La Resolución 3.919 disponía que las personas físicas y sucesiones indivisas tenían hasta el 31 de octubre de 2016 para ratificar en la página web de AFIP la declaración jurada de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales del período fiscal correspondiente al año 2015, o de la Ganancia Mínima Presunta para el caso de empresas. La Resolución modifica este plazo, dándole a los sujetos mencionados tiempo hasta el 31 de marzo de 2017. La misma contiene un sólo artículo que expresamente dice que:

"Para gozar de los beneficios se deberá presentar desde el día 16 de agosto hasta el 31 de marzo de 2017, ambas fechas inclusive, la declaración jurada de confirmación de datos a través del sitio "web" de este Organismo, mediante el servicio "Ley 27.260 – Declaración Jurada de confirmación de datos", a la cual se accederá utilizando la correspondiente clave fiscal con nivel de seguridad 3 como mínimo, obtenida conforme al procedimiento dispuesto por la Resolución General N° 3.713."

Por otra parte, desde la AFIP aseguran que está bajo análisis la posibilidad de incluir pasivos en el blanqueo. Como hemos mencionado en anteriores publicaciones, la Ley solamente contempla el blanqueo de activos, lo cual limita en gran medida a los sujetos que tienen actividades para sincerar. Esta limitación ha sido criticada por algunos tributaristas.

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